Más producción no es más emisiones
Estrategias de control de las emisiones de metano entérico.
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Ya se cumplen los primeros tres meses desde la entrada en funcionamiento del portal del Registro Voluntario de Contratos con Productores Agrícola, con esto se le dio plena aplicación a la ley 20.797 y los primeros efectos ya se están haciendo notar. Un número no menor de contratos entre productores y exportadoras han sido registrados […]
Ya se cumplen los primeros tres meses desde la entrada en funcionamiento del portal del Registro Voluntario de Contratos con Productores Agrícola, con esto se le dio plena aplicación a la ley 20.797 y los primeros efectos ya se están haciendo notar. Un número no menor de contratos entre productores y exportadoras han sido registrados en los últimos 90 días, lo que generara importantes consecuencias en los meses venideros.
Esta ley fundamentalmente establece que el hecho de registrar un contrato de primera venta de productos agrícolas, el cual es oponible a terceros, quiénes tienen que responder solidariamente junto con el productor, a través de un juicio sumario, de todos los perjuicios que pueden llegar haber sido ocasionado al comprador original de los productos objeto del acuerdo. Además permite que se pueda mejorar la transferencia tecnológica entre productores y sus compradores, se pueda mejorar el financiamiento a los productores, como también a los primeros compradores, quienes pueden mejorar su posición financiera frente a los Bancos, al contar con contratos de suministro de productos agrícolas que están protegidos por este sistema.
La situación de las dobles ventas o del incumplimiento en la entrega de los productos agrícolas quedará en el pasado, ya que el costo de incumplir es muy alto, no solamente para el vendedor, sino que también para cualquier tercero que quiera comprar un producto objeto de un contrato registrado. Esto lleva a que todos los compradores de productos agrícolas deban consultar este registro para evitar incurrir en la responsabilidad civil de tener que indemnizar a terceros por comprar productos protegidos.
La típica figura que usualmente se produce es la de exportadoras de fruta que acordaban con productores por ejemplo la venta de cerezas y su entrega a futuro, en donde las partes establecen un precio determinado, volúmenes de entrega y otros términos, para luego una vez que ocurran hechos como una lluvia o bien una granizada, se genera en el mercado una especulación en los precios y muchas veces el incumplimiento en las entregas de los productos, justamente este registro persigue el cumplimiento de los acuerdos.
Por otra parte, este registro cambiará la manera de hacer negocios en el sector agrícola, ya los compradores, usen o no este sistema, deberán siempre revisar a sus vendedores para comprobar que sus productos no sean objeto de un registro previo y por lo tanto generarles una contingencia de responsabilidad solidaria.
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Robert Edition
6 minutes ago